sábado, 8 de septiembre de 2012


TABLA NORMATIVA DE DERECHOS HUMANOS
Cuadro de normas para la Protección de los Derechos Humanos

100% de Ancho          

Índice basado en tipología de derechos
Índice por materias
   - Genocidio, crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad
   - Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes
   - Esclavitud, servidumbre, trabajo forzoso y prácticas análogas
   - Desapariciones forzadas de personas
   - Apología del odio
   - Propaganda a favor de la guerra
   - Terrorismo
   - Usura y explotación del hombre por el hombre
 
Datos Técnicos de la Tabla Normativa de Derechos Humanos
Autor:  JAVIER GARCÍA ESPINAR  (javier @ derechoshumanos.net)

                              Utilidad de la Tabla Normativa de Derechos Humanos
La Tabla normativa de Derechos Humanos es una herramienta de gran utilidad que encierra un importante trabajo de sistematización de los derechos humanos y de las normas y mecanismos que los protegen y que permite la rápida localización de los preceptos y artículos concretos (de entre las principales Declaraciones y normas de derechos humanos) que regulan y dan cobertura a cada uno de los múltiples y diferentes derechos humanos, así como de las medidas y mecanismos de protección aplicables a los mismos.
Herramientas de Búsqueda de palabras
Si desea hacer búsquedas por palabras, para localizar con mayor rapidez en esta Tabla la información que le interesa, puede activar la herramienta de búsqueda de su navegador presionando la siguiente combinación de letras: CTRL+F (presionar a la vez las teclas "CTRL" y "F"). 
Tabla de Ratificaciones y Reservas
La Tabla de Ratificaciones y Reservas, complementa a la Tabla Normativa, permitiendo la rápida localización de los países que han firmado y ratificado los principales instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos, fecha de la firma, así como las reservas planteadas por los países a los diferentes Tratados.
Siglas utilizadas en la Tabla Normativa



En este vídeo de puede evidencias  la problemática. sobre derechos humanos en colombia       

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHO HUMANOS



Artículos 1 y 2

Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de 

Artículos 3 al 27

Los derechos quedan enunciados en los artículos del 3 al 27, y pueden clasificarse, según René Cassin, como sigue:
Los artículos del 3 al 11 recogen derechos de carácter personal;
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad[...]
Artículos 4, 5 y 11.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
Los artículos 12 a 17 recogen derechos del individuo en relación con la comunidad;
Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.
Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
Artículos 13.2 y 17.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
Los artículos 18 a 21 recogen derechos de pensamiento, de conciencia, de religión y libertades políticas
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de Creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Y los artículos 22 a 27 derechos económicos, sociales y culturales.
Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud, el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica [...]
Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria [...]

Sello conmemorativo de los 5 años de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Artículos del 28 al 30

Recogen las condiciones y límites con que estos derechos deben ejercerse.
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
 http://www.un.org/es/documents/udhr/